Artículo 33

 

El alumno que por cualquier circunstancia no logre una calificación aprobatoria en uno o varios cursos en los que se encuentra registrado en el periodo extraordinario, deberá repetir las materias en el ciclo escolar inmediato siguiente en que se oferta, teniendo que acreditarla en esta segunda oportunidad durante el periodo de evaluación ordinario o extraordinario. En caso de que el alumno no logre acreditar la materia, incurre en lo establecido en el art. 33 del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos (RGEPA).

Baja Voluntaria

¿Qué es la Baja Voluntaria?

Es el estatus que se aplica a los alumnos que ya no desean seguir estudiando (alumnos activos, en art. 33, art. 34, art. 35, licencia, deserción y cualquier otro); con ello podrán recuperar sus documentos originales que entregaron al ingresar a la Licenciatura (Acta de Nacimiento, Certificado de Bachillerato o Licenciatura en el caso de Posgrados) o liberar su código de UdeG (alumnos egresados de Bachilleratos UdeG) ya que no entregaron documentos en su ingreso a la Licenciatura

Baja Administrativa

¿Qué significa la "baja administrativa"?

Haber infringido alguna de las obligaciones o reglamentos institucionales y, por ello, no aparecer en las listas de tus profesores y no poder obtener calificaciones ni registrar nuevas materias hasta que hayas solucionado tu situación.

Si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones:

Normatividad

 

•    Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos (Descargar)

 

 

Plan de estudios

 

El egresado del ciclo de maestría tendrá las siguientes competencias:

Modalidad

 

La licenciatura será en modalidad virtual.
 

Plan de estudios

Plan de estudios del ciclo de Maestría

Áreas de Formación

Créditos

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